Se podrá confecionar y presentar DDJJ Seguridad Social por internet

Por Resolución General Nº 2192/07 los empleadores con hasta 5 (cinco) trabajadores a partir del 1º de marzo del 2007 podrá confeccionar por Internet su Declaración Jurada de los aportes y contribuciones, Formulario 931, a través del sitio www.afip.gov.ar. Para poder realizarlo deberán contar con la clave fiscal y habilitarla para el servicio “Su Declaración”. […]

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Por Resolución General Nº 2192/07 los empleadores con hasta 5 (cinco) trabajadores a partir del 1º de marzo del 2007 podrá confeccionar por Internet su Declaración Jurada de los aportes y contribuciones, Formulario 931, a través del sitio www.afip.gov.ar.
Para poder realizarlo deberán contar con la clave fiscal y habilitarla para el servicio “Su Declaración”. La nómina de CUILs se generará automáticamente contemplando la información del período anterior, más las modificaciones efectuadas en le período a través del sistema “Mi Simplificación”, pudiendo modificar los datos (remuneración. Obra social, hijos, etc.) Cuando se genera la DDJJ el sistema lo guiara para su “Presentación y Pago”
Por este sistema no podrán presentarse DDJJ rectificativa, que se deberán presentar con el sistema actual
Vencimiento mes 02/2007
Terminación CUIT Fecha de Pago
00-01 07/03/07
02-03 08/03/07
04-05 09/03/07
06/07 12/03/07
08-09 13/03/07